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FUNDELSUR, nuestra Fundación

Fundelsur, nuestra Fundación con alma, corazón y vida se reactiva

Para lograr nuestros fines y objetivos es necesaria su participación

Prioridad: Crear el Comité de Solidaridad ’Pro-Vida Gramalote, Norte de Santander, Colombia

’FUNDELSUR, la Fundación con alma, corazón y vida ¡siempre contigo!, espera que muchas personas e instituciones locales, nacionales e internacionales se integren a la "Red Fundelsur" a fin de realizar actividades que beneficien a personas, familias y población vulnerable en esta zona de frontera binacional’

San Antonio del Táchira, Venezuela, lunes 20 Feb 2012 (RFN♥Noticias!).- Desde que se creó FUNDELSUR (La Fundación con alma, corazón y vida ¡siempre contigo!), los visitantes a Blogia.com donde se hospeda el Acta Constitutiva Estatutaria de la Fundación para el Desarrollo de las Exportaciones No Tradicionales y Libre Comercio del Sur, se han informado que no se había realizado formalmente ninguna actividad propia de los objetivos, fines y propósitos que FUNDELSUR, "La Fundación de Corazón y Sin Fronteras", en razón de no haberse dedicado el tiempo necesario para socializar la necesidad que FUNDELSUR, contribuya efectivamente al progreso, desarrollo y paz del eje fronterizo: San Antonio y Ureña del estado Táchira y Cúcuta del Departamento Norte de Santander.

El presidente y representante de FUNDELSUR "La Fundación con alma, corazón y vida ¡siempre contigo!", Félix Helí Contreras Martínez, ha querido empeñarse en reactivar el quehacer de actividades en la que participen las instituciones y personas que de alguna manera son las beneficiarias del trabajo social, cultural y artístico, digital, ambiental, comunicacional, comunal y otros, que en buena hora necesitan las comunidades de esta zona de frontera binacional, donde hay mucho por hacer, pero se necesita -reitero- la participación especialmente de la juventud de los municipios fronterizos, como son Bolívar y Pedro María Ureña del estado Táchira (Venezuela); asicomo de los municipios de Villa del Rosario, San José de Cúcuta, capital ésta del Departamento Norte de Santander (Colombia), y el sufrido pueblo de Gramalote, para socializar la importancia de poner en funcionamiento esta organización sin fines de lucro, con acciones solidarias que beneficien realmente a los necesitados.

Ante esta iniciativa de la presidencia de FUNDELSUR "La Fundación con alma, corazón y vida ¡siempre contigo!", sea la oportunidad para invitar a quienes les nazca de corazón ayudar y solidarizarse con las necesidades de los más necesitados y población vulnerable de la región fronteriza, se hagan partícipes de las acciones que se proyectan para poner en funcionamiento a FUNDELSUR.

¿Qué hay que hacer, se preguntará quien lea esta invitación? Mucho. En primer lugar hay que mantener informada a la población que FUNDESLUR "La Fundación con alma, corazón y vida ¡siempre contigo!", ha reiniciado efectivamente su reactivación, esperando el mayor número de personas que se vinculen a una causa noble y altruista en beneficio del colectivo fronterizo. En segundo término, presentar a FUNDELSUR, "La Fundación con alma, corazón y vida ¡siempre contigo!", a las autoridades municipales, departamentales, estadales y nacionales. Seguidamente, conformar los comités de trabajo con los voluntarios que se su sumen a esta tarea. Después, hacer un diagnóstico de la realidad, a fin de priorizar necesidades. A continuación, iniciar el desarrollo de la necesidad elegida como la más importante a fin de iniciar acciones tendientes a su materialización de soluciones. En ese orden de la agenda, presentar a FUNDELSUR", La Fundación con alma, corazón y vida ¡siempre contigo!", al pueblo, solicitando el apoyo de los medios de comunicación tradicionales, alternativos y comunitarios.

Los interesados en participar con alma, vida y corazón quieran contribuir e  impulsar a FUNDELSUR "La Fundación con alma, corazón y vida ¡siempre contigo!", en sus actividades que le son propias de acuerdo con sus estatutos fundacionales y misionales, pueden acercarse a una cualesquiera de las siguientes direcciones:

En Ureña del estado Táchira (Venezuela): Carrera 3 Nº 6-57 Barrio Bonilla, entenderse personalmente con la tesorera de FUNDELSUR "La Fundación de corazón y sin fronteras", Belén Velasco Botello. Teléfono fijo: 0276-7875283.

En Cúcuta, capital del Dpto. Norte de Santander (Colombia), entenderse con el presidente de FUNDELSUR "La Fundación con alma, corazón y vida ¡siempre contigo!", Félix Helí Contreras Martínez, llamando al teléfono celular: 312-3598024, teléfono fijo: 0270-5813647 (llamando desde el estado Táchira) y celular en Venezuela, 0426-7763699.

Dios les bendiga por la difusión y divulgación de este llamado a la conciencia, a la solidaridad y participación a realizar obras a beneficio de los más necesitados de la región.

Finalmente, es una necesidad sentida crear el Comité Pro-Vida Gramalote (Colombia) para ayudar a tanta gente que lo perdieron todo al quedar sepultado el casco urbano, el pasado diciembre de 2010, cuando la naturaleza arrazó con este poblado; para ello contamos con la buena voluntad y deseos del nuevo párroco de San Rafael, el reverendo padre, cristiano y católico, Víctor Manuel Lazo Serrano.

--Donativos por favor a la cuenta de ahorros, Nº 158722165 del Banco DAVIVIENDA en CÚCUTA (COLOMBIA) a nombre de FÉLIX HELÍ CONTRERAS MARTÍNEZ. Necesitamos reunir cierta cantidad de dinero para aperturar una cuenta en Venezuela a nombre de FUNDELSUR, "La Fundación con alma, corazón y vida ¡siempre contigo!". Asimismo, registrarla en Colombia, y ello demanda gastos cuyos valores entendidos no disponibles en este momento.

¡Juntos vamos a hacer realidad este sueño!


Finalmente, hoy martes 26Nov2013, día en que se revisa este blog hospedado gratuitamente en Blogia.com, surge la pregunta:

¿Qué se ha hecho hasta ahora, a favor de la familia binacional a cargo de Fundelsur, nuestra Fundación?

Texto completo del Acta Constitutiva de Fundelsur, nuestra Fundación 24Sep2007

Texto completo del Acta Constitutiva de Fundelsur, nuestra Fundación 24Sep2007

 

¡Hola a todos! Con una alegría desbordante, ’FUNDELSUR’ (La Fundación con alma, corazón y vida ¡siempre contigo!), presenta a sus lectores, visitantes, seguidores, colaboradores y miembros fundadores, honorarios y adherentes, la más cordial bienvenida a esta nueva etapa de actividades sociales, culturales, digitales y otras, que se reinician en la frontera colombo-venezolana.

Félix Helí Contreras Martínez, presidente y representante legal de ’FUNDELSUR’, les atiende personalmente en la sede provisional ubicada en casa de la tesorera, Belén Velasco Botello, en la siguiente dirección: Carrera 3 Nº 6-57, Barrio Bonilla, Ciudad de Ureña 5048, municipio Pedro María Ureña, estado Táchira, Venezuela, Sur América. Teléfonos fijos: 0276-7875283,  0276-7871152 y 0270-5813647; Celulares: 0426-7763699   y   57-312-3598024 . Correo electrónico: fundelsur@gmail.com

ACTA CONSTITUTIVA ESTATUTARIA DE LA FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS EXPORTACIONES NO TRADICIONALES Y LIBRE COMERCIO DEL SUR - FUNDELSUR, CON SEDE PRINCIPAL EN CIUDAD DE UREÑA, MUNICIPIO PEDRO MARÍA UREÑA DEL ESTADO TÁCHIRA, VENEZUELA, SUR AMÉRICA.

ACTA NÚMERO CERO UNO (Nº 01) DEL AÑO DOS MIL SIETE (2007) Nosotros, el triunvirato integrado por los ciudadanos: FÉLIX HELÍ CONTRERAS MARTÍNEZ, venezolano, Abogado Titulado, de 58 años de edad, soltero y estudiante del último semestre en la Especialidad de Comercio Exterior en el Instituto Universitario de la Frontera “IUFRONT” con Sede en San Antonio del Estado Táchira, titular de la cédula de identidad número doce millones veintinueve mil ciento ochenta y cinco (V-12.029.185) e Inpreabogado número ciento cuatro mil cuatrocientos sesenta y siete (Nº 104.467), Miembro tres mil ochocientos ochenta (3.880) del Colegio de Abogados del Estado Táchira de la República Bolivariana de Venezuela; INGRID YURLEY VELASCO VELASCO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número diecisiete millones trescientos setenta mil novecientos setenta y siete (V-17.370.977), y BELÉN VELASCO BOTELLO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número once millones veintidós mil ciento diecinueve (V-11.022.119), hábiles y capaces, con residencia en Carrera 3 Nº 6-57, Barrio Bonilla, Ciudad de Ureña 5048, Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira, respectivamente, con teléfono:   0058-0276-7875283 , reunidos en Asamblea Constituyente, invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico del Libertador Simón Bolívar, -en honra a su memoria-, por ser la figura principal de la independencia venezolana y grancolombiana, conscientes en la necesidad de asegurar el derecho a la vida, al trabajo, a la educación, a la justicia social, a la igualdad, a la equidad, al desarrollo humano y a la personalidad, a la paz e integración y reintegración social de niños, jóvenes, madres cabeza de familia y ancianos (adultos mayores), preocupados por el desarrollo económico, comunal, social, educativo, deportivo, recreacional, cultural, turístico, ambiental y en busca del entendimiento y apoyo municipal, estadal o confederado, nacional, regional y global; entendiendo que la educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar el desarrollo personal, familiar, profesional, comunal, y de Venezuela, animados por la integración latinoamericana y del caribe, por medio de esta Acta, redactada de manera amplia y suficiente, que sirve de Estatuto primigenio a FUNDELSUR, en efecto, DECLARAMOS: Por medio de la presente Acta Constitutiva Estatutaria, creamos de hecho, la Institución de nombre: FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS EXPORTACIONES NO TRADICIONALES Y LIBRE COMERCIO DEL SUR-FUNDELSUR, con su Lema: La Fundación digna de Venezuela, que se regirá por la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución del Estado Táchira, la nueva Ley de Registro Público y del Notariado, demás normas jurídicas aplicables, y en especial por el contenido de los siguientes capítulos: CAPITULO I DEL NOMBRE, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO. Nombre.- El nombre es y será por siempre: FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS EXPORTACIONES NO TRADICIONALES Y LIBRE COMERCIO DEL SUR - FUNDELSUR, de sigla FUNDELSUR (en adelante FUNDELSUR). Sede principal y subsedes nacionales, sedes y/o delegaciones internacionales de FUNDELSUR.- El domicilio principal de FUNDELSUR se establece en la ciudad de Ureña, Municipio Pedro María Ureña, Estado Táchira, República Bolivariana de Venezuela, Sur América. FUNDELSUR, podrá establecer Subsedes FUNDELSUR en el territorio nacional y Sedes Independientes de FUNDELSUR y/o Delegaciones Internacionales de FUNDELSUR en cualquier país en donde se requiera la presencia de FUNDELSUR, pero siempre respetando y siguiendo los mismos lineamientos, filosofía y principios por los cuales se ha creado la Sede Principal de FUNDELSUR en Venezuela. Domicilio Especial.- Se establece como domicilio especial de FUNDELSUR en la Ciudad de Ureña, Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira (Venezuela), a la jurisdicción de cuyos tribunales se someten los fundadores, empleados, trabajadores, beneficiarios, benefactores y terceros en sus relaciones con FUNDELSUR. Duración, Modificación y Extinción.- FUNDELSUR durará en el tiempo y en el espacio cien (100) años y otros tantos más. FUNDELSUR, podrá modificarse o extinguirse de acuerdo con la Ley, y en todos los casos, con la aprobación unánime del triunvirato constituyente de FUNDELSUR. Objeto.- FUNDELSUR, dada su naturaleza y estrategias específicas a desarrollar, es una Fundación de carácter privado sin fines de lucro, con un objeto de utilidad general: artístico, social y benéfico, que realizará acciones, obras y actividades educativas, artístico-musicales, turísticas, culturales, deportivas, recreacionales, ambientales, de ayuda espiritual y psicológica, y de reintegración social y benéfica, -sin fronteras físicas- que impulsará la integración latinoamericana y caribeña haciendo énfasis en la promoción, fomento, y desarrollo de las exportaciones no tradicionales, y libre comercio. No obstante, FUNDELSUR podrá registrarse, obtener las licencias, permisos y autorizaciones de diversa índole, importar materias primas e insumos y otros, exportar y comercializar sus productos, servicios, ideas y tecnologías e inclusive tener sus propias cooperativas, comercializadores y agencias de aduanas. Se posesionará la cultura de las exportaciones no tradicionales. FUNDELSUR, dado su objeto no podrá distribuir beneficios, ni remanentes o utilidades, ni disponer la distribución del patrimonio de FUNDELSUR, mucho menos, al ocurrir su disolución o liquidación. Se establece que FUNDELSUR no podrá ser fiadora, caucionera o avalista de obligaciones de terceros. La Fundación FUNDELSUR, también podrá: recibir, difundir, promover, interpretar y crear en su “banco de ideas y proyectos”, aquellos que de alguna manera sirvan a la comunidad. FUNDELSUR es una fundación digna en: cooperación y acción sostenida, participación, integración y reintegración social, convivencia y buenas prácticas recíprocas que, con solidaridad, tolerancia y pundonor buscará con razón inequívoca el bienestar general de la comunidad venezolana, latinoamericana, caribeña y del mundo entero. Como quiera, que la mayoría de estudiantes -activos o pasivos-, y no estudiantes; la causa por la cual no han terminado o iniciado sus estudios, es ordinariamente: por falta de recursos económicos; ante esa debilidad y amenaza es que principalmente no han logrado la materialización de sus sueños e ilusiones, y además, específicamente, por falta de educación, capacitación y formación para el trabajo asociado, adiestramiento, orientación, asesoramiento y acompañamiento, no han logrado obtener un empleo o no han podido tener una mejor posición en lo laboral, social, comunal, cooperativo, agroindustrial, productivo, comercializador, exportador, cultural, turístico, etcétera, es por ello que FUNDELSUR, tendrá la tarea de coadyuvar, coordinar, orientar y hacer que todos en igualdad de condiciones se preparen, eduquen, capaciten, compartan sus conocimientos y experiencias y en últimas sean útiles a la patria en donde residen y/o tienen su domicilio. Las actividades que pretende realizar FUNDELSUR, deberán ser: diseñadas, planificadas, organizadas, formuladas, implementadas, vigiladas y controladas coordinadamente con la participación de las autoridades civiles, militares, eclesiásticas y gubernamentales, sin excluir a ninguna persona e institución, estableciendo los roles que los beneficiarios deben realizar en la búsqueda de soluciones a problemáticas a las que se les aplicará la gerencia y administración estratégicas. La dirección, administración, planificación, organización, funcionamiento, control, acciones, programas y buenas prácticas que realice FUNDELSUR se regirán conforme a los principios de: confraternidad, control, cooperación, corresponsabilidad, democracia, dignidad, disciplina, eficacia, eficiencia, equidad, ética, honestidad, justicia, libertad, orden, participación, paz, pluralismo, rendición de cuentas, responsabilidad social, solidaridad y transparencia. FUNDELSUR, de igual forma se rige por la presente Acta Constitutita Estatutaria, por los acuerdos, actas, convenios, protocolos, modus vivendi, alianzas, cartas de intención, y tratados internacionales (éstos seguirán el procedimiento establecido por la Ley de Cooperación Internacional u otra aplicable) celebrados y firmados entre FUNDELSUR y otras Repúblicas y/o entre Venezuela y otras Repúblicas, haciendo claridad del asunto, que se trate. FUNDELSUR, de la misma manera celebrará y firmará convenios con Instituciones nacionales u Organismos Internacionales y/o con empresas e industrias de carácter público o privado nacionales y/o internacionales y/o supranacionales; así como con Cooperativas y entes económico-financieros de los Consejos Comunales para desarrollar proyectos comunitarios; igualmente celebrará y suscribirá convenios con instituciones educativas privadas o públicas a fin de llevar a cabo: investigaciones, trabajos especiales comunitarios y pasantías, lógicamente con estudiantes que optarán a un título en la educación superior. FUNDELSUR, podrá crear sus propias cooperativas, e inscribirse o adscribirse a Ministerios, Entes y Organismos nacionales, internacionales o supranacionales. Siendo FUNDELSUR, la Fundación digna de Venezuela, su capacidad legal de FUNDELSUR será conforme lo dispone la Constitución y la Ley de la República Bolivariana de Venezuela. Sin embargo, FUNDELSUR, tiene todas las facultades y atribuciones que ejercerá en forma preferente conforme a su Acta Constitutiva Estatutaria, Reglamento Interno y/o Manual de Organización y Funciones y/o Régimen Disciplinario Interno, que conllevarán a realizar sus actos propios, necesarios y suficientes en el cumplimiento de sus fines, objetivos, programas, proyectos, obras y buenas prácticas, siempre que no contraríen el orden público, moral, constitucional, legal, y las buenas costumbres. Visión.- FUNDELSUR tiene como visión ser la Fundación única en su estilo en Venezuela fundada en el respeto, la dignidad y la solidaridad de la persona humana que, con impulso hacia la integración latinoamericana y caribeña permita, que hombres y mujeres motivados al desarrollo y progreso, por una mejor calidad de vida en igualdad de condiciones, mediante acciones educativas de capacitación y formación para el trabajo asociado, cooperativo y productor, puedan no sólo adquirir conocimientos, técnicas, destrezas y experiencia, sino que, con eficiencia y responsabilidad, y desde sus puestos de trabajo con decisión y pundonor contribuyan en la construcción del centro innovador e inteligente de atención y servicios integrales más digno del continente: el Big High Center de FUNDELSUR, -el Mirador Institucional de Venezuela-, porque FUNDELSUR ama y quiere a su gente. FUNDELSUR, entre otros, a corto, mediano y largo plazo planificará, organizará, implementará, ejecutará y pondrá en funcionamiento los siguientes proyectos visionarios: Constituir el Banco Internacional de los Estudiantes FUNDELSUR, crear y operar la Agencia de Viajes y Turismo FUNDELSUR, y la construcción, adecuación y puesta en funcionamiento del Hotel-Escuela-Universidad FUNDELSUR. También, FUNDELSUR, previa autorización del gobierno nacional podrá operar su propia red de radio, televisión e Internet para la capacitación y formación interactivas. Misión.- FUNDELSUR, tiene como misión, ser la expresión viva del compromiso de un equipo de trabajo multidisciplinario que lucha por el desarrollo humano e integral de su pueblo. FUNDELSUR se ha creado para el desarrollo de las exportaciones no tradicionales y libre comercio del eje fronterizo integrado por las ciudades de Ureña, la Fría, Rubio y San Antonio del Estado Táchira, con iniciativas innovadoras y sustentables que fortalecerán el desarrollo económico, social, cultural, turístico, educativo de Venezuela, y en especial de sus recursos y talento humano que trabajará por el desarrollo humano y el medio ambiente. Sin embargo, no se puede descartar el trabajo mancomunado en más territorios nacionales y/o en el exterior a nombre de FUNDELSUR como Sede Independiente o Sede Delegada. Objetivos.- FUNDELSUR, entre otros objetivos tendrá la obligación moral de realizar acciones educativas de capacitación y formación para el trabajo asociado o cooperativo con la consigna: “aprendiendo a producir para exportar”; consolidar valores éticos, morales, de desarrollo personal y profesional; fomentar y potenciar el talento y el conocimiento en todas las diversas áreas; estimular la participación responsable y el consenso entre los diversos sectores vivos de la población a fin de realizar una tarea conjunta; y finalmente, capacitar al docente, como instrumento idóneo -en la capacitación y formación de los estudiantes de FUNDELSUR-. En consecuencia, FUNDELSUR debe invitar a los medios de comunicación e información, comunidad en general, miembros del sector gobierno, autoridades militares y eclesiásticas, sector comunal, sector productor, comercializador, exportador, cultural, turístico y ambiental, en particular a los estudiantes de todas las especialidades y muy especialmente a la comunidad internacional a través de sus consulados y/o embajadas y/o misiones diplomáticas y/o de negocios, a fin, que se hagan partícipes en el objeto amplio y de utilidad general que se propone FUNDELSUR. FUNDELSUR promoverá y realizará intercambios educativos, turísticos, artístico-musicales, ambientales y culturales a nivel nacional y con otros países del mundo. Se realizarán tareas hacia la integración bilingüe, en y desde la frontera más activa del suroeste venezolano, en el eje fronterizo: Ureña, la Fría, Rubio, y San Antonio del Estado Táchira (Venezuela). Se crearán Bibliotecas Tradicionales Comunitarias (BTC) con la participación de la comunidad, en efecto se recogerán libros que la gente, estudiantes y profesionales ya no usen y su destino sea el botadero de basura. Se promoverán talleres interactivos en que los niños puedan motivarse hacia el aprendizaje de otro idioma, con la participación de las embajadas o misiones extranjeras radicadas en Venezuela, aprovechándose los fines de semana y días festivos. Se establecerá un mirador institucional en donde personas y estudiantes asistan, a objeto de revivir los hechos históricos y patrios que engrandecen nuestro gentilicio. Medios de Comunicación e Información.- El @bogado del Pueblo, es el medio de comunicación e información de FUNDELSUR… la Fundación digna de Venezuela. FUNDELSUR, dispondrá de correos electrónicos, página web y software interactivos de enseñanza-aprendizaje, en hospedaje gratuito o pago o propios. Además dispondrá de salas de estudio, investigación y bibliotecas tradicionales y virtuales, todo con el apoyo del gobierno municipal, estadal y nacional, y la cooperación internacional. FUNDELSUR creará y operará sus propios software-educativos y/o relacionados con su objeto amplio de utilidad general. CAPÍTULO II. DE LOS MIEMBROS. Miembros: Son miembros constituyentes o fundadores de FUNDELSUR, en forma exclusiva, las personas que suscriben la presente Acta Constitutiva Estatutaria. Miembros Benefactores.- Son miembros benefactores de FUNDELSUR todas aquellas personas naturales o jurídicas que, por sí o por intermedio de sus representantes legales, del orden municipal, estadal o departamental, nacional e internacional, -como sujetos de derecho público o privado- que en forma libre, voluntaria, espontánea, y en ejercicio pleno de sus facultades mentales normales decidan donar, dar aportes, herencias, legados y allegar subvenciones en apoyo de las actividades diversas a realizar, y en cumplimiento de los fines, objetivos, planes, proyectos, programas y buenas prácticas que a favor de la población vulnerable, FUNDELSUR, diseñará, organizará, desarrollará, implementará, ejecutará y controlará. Cláusula de libre adhesión.- Con esta cláusula pretende FUNDELSUR, abrir las puertas y el corazón de su gente, para quienes así lo deseen, ya sean personas naturales o jurídicas regidas por el derecho privado o público nacional, internacional o supranacional, instituciones o gobiernos, agentes diplomáticos, consulares o comerciales de los países amigos de Venezuela, o del país en donde esté funcionando una Sede Independiente de FUNDELSUR y/o Delegación internacional de FUNDELSUR, se adhieran, al cumplimiento de los fines, objetivos, programas, obras, proyectos y buenas prácticas, que diseñe, organice, implemente, desarrolle y realice FUNDELSUR, sin más limitaciones, que el bien común y el desarrollo humano integral sostenido de los habitantes de Venezuela, pueblos de América Latina, el Caribe y del mundo entero. CAPITULO III. DE LOS BENEFICIARIOS. Beneficiarios.- Todas las personas sin distingos de ninguna naturaleza podrán ser beneficiarios de FUNDELSUR. Sin embargo, su admisión deberá tener el visto bueno de la Presidencia de FUNDELSUR. Teniendo en cuenta, que el eje fronterizo: Ureña, la Fría, Rubio y San Antonio del Estado Táchira, otras zonas y regiones fronterizas son ávidas de integración, desarrollo y progreso; sus habitantes, sin distingos de nacionalidad, sexo, edad, raza, condición, estirpe, color político, o territorio en el que tienen la residencia y/o el domicilio; principalmente: los no estudiantes y estudiantes activos o pasivos; los estudiantes, que requieran realizar el servicio comunitario, estudios de investigación, las pasantías y otros trabajos de diverso orden, para optar o no a un título en la educación superior; los miembros del sector cooperativo, productivo, agroindustrial, comercializador, exportador, cultural, ambiental y turístico; el personal de cooperativas y pequeñas y medianas empresas (PyMEs) y pequeñas y medianas industrias (PyMIs), y muy especialmente, los miembros de los Consejos Comunales, y las comunidades que así lo deseen, por intermedio de sus líderes comunitarios o representantes legales de Asociaciones civiles de carácter comunal y similares; todos podrán acceder a los servicios y beneficios de FUNDELSUR previo estudio del problema, o necesidad y la prioridad que en pro de la solución más viable y factible se le pueda dar, previo el pago de los servicios a precios solidarios que FUNDELSUR establezca y determine. Se concederá el beneficio de pobreza al beneficiario que así lo solicite, dejando expresa constancia de la actuación correspondiente en los archivos de FUNDELSUR. Toda solicitud debe ser por escrito, así como la respuesta dada por FUNDELSUR. Se hará énfasis en la educación para el trabajo, el desarrollo humano y el medio ambiente. CAPÍTULO IV. DEL PATRIMONIO. El patrimonio inicial de FUNDELSUR, se constituye por un capital en dinero efectivo por la cantidad de cien mil bolívares, moneda de curso legal actual en Venezuela (Bs.100.000,00) que por partes iguales aporta el triunvirato constituyente, los cuales se destinarán a aperturar una cuenta de ahorros en un banco universal a nombre de FUNDELSUR. FUNDELSUR, igualmente conformará su patrimonio con los aportes, donaciones y subvenciones provenientes de personas jurídicas de derecho público, del gobierno municipal, estadal, nacional; así como, con las donaciones, herencias, legados y ayudas provenientes de personas naturales y/o jurídicas, y en especial del apoyo, financiamiento y colaboración de la Cooperación Internacional. En caso, que la donación exceda de Bs. 2.000,00 o su equivalente en moneda de curso legal en Venezuela, se deberá otorgar un documento privado o auténtico según la cuantía en donde conste la donación efectuada y su aceptación, tal como lo establece el artículo 1.439 del Código Civil de Venezuela. También, se constituye el patrimonio de FUNDELSUR por: A) Las donaciones recibidas de particulares (personas naturales) o de instituciones públicas o privadas y los aportes en dinero o especie, bienes muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, y de los Miembros Benefactores activos o en potencia de ser Miembros Benefactores de FUNDELSUR. B) Los ingresos propios de FUNDELSUR. Los ingresos que obtuviere FUNDELSUR por la prestación de asesoría, asistencia, acompañamiento, adiestramiento, educación, preparación, capacitación y formación para el trabajo asociado o productivo y exportador, buenas prácticas de sociabilidad, etcétera, y otros conceptos lícitos. C) Los aportes y contribuciones que se reciban de otras personas, naturales o jurídicas, públicas o privadas de carácter nacional, internacional y/o supranacional, y simpatizantes de FUNDELSUR o Gobiernos, Representaciones Comerciales o Diplomáticas de cualquier país amigo de Venezuela o del país en donde se encuentre ubicada una Sede Independiente de FUNDELSUR y/o Delegación internacional de FUNDELSUR. D) Los ingresos provenientes de las actividades propias de FUNDELSUR. E) Los demás bienes muebles o inmuebles o valores que por cualquier título lícito adquiera FUNDELSUR. F) Los ingresos que produzcan la venta de los efectos donados a FUNDELSUR. G) Las subvenciones que reciba FUNDELSUR. H) La emisión de Bonos profundos para la realización de actividades según los fines, objetivos, programas, obras, proyectos y buenas prácticas propuestos por FUNDELSUR. CAPITULO V. DE LA DIRECCIÓN, GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN. Máxima Autoridad de FUNDELSUR.- La Presidencia de FUNDELSUR, es la máxima autoridad y goza de autonomía funcional, operativa, financiera y administrativa; además ejercerá la dirección, gobierno y administración de FUNDELSUR, incluyendo la elaboración y ejecución de su presupuesto, así como la inspección y vigilancia de los planes, programas, actividades varias y buenas prácticas en cumplimiento del objeto amplio de FUNDELSUR, todo de conformidad con la presente Acta Constitutiva Estatutaria, Reglamento Interno y/o Manual de Organización y Funciones de FUNDELSUR, y/o Manual Interno Disciplinario, en concordancia con lo previsto en la Constitución Nacional, Estadal, Código Civil, Ley de Registro Público y del Notariado, y demás normas nacionales e internacionales aplicables a las Fundaciones. La Presidencia es la más alta jerarquía de FUNDELSUR, contra sus decisiones, en cualquiera instancia local, municipal, nacional e internacional, no se oirá, ni admitirá acción o recurso alguno, salvo lo previsto en esta Acta Constitutiva Estatutaria, Constitución Nacional y Estadal, Códigos, Leyes vigentes de la República o Leyes supranacionales. Las decisiones o dictámenes emanados de la Presidencia de FUNDELSUR tendrán el carácter de obligatorios, y serán de forzoso cumplimiento por todos los miembros constituyentes, aún por los no presentes, y por los designados para desempeñar éstos y otros cargos o que ingresaron a FUNDELSUR por concurso y/o designados por la Presidencia; igualmente, serán de obligatorio cumplimiento por los beneficiarios aceptados en FUNDELSUR. Las Sesiones de Presidencia se realizarán una vez al año de manera ordinaria y extraordinariamente cuando las necesidades de FUNDELSUR así lo ameriten. La convocatoria se hará por lo menos con ocho (8) días de anticipación y podrá ejecutarse por medios privados; vale decir, mediante comunicaciones dirigidas a cada uno de los miembros, por fax, correo electrónico, ó por medios públicos (perifoneo o publicidad móvil) o mediante la publicación en prensa de la convocatoria o mediante carta con acuse de recibo a través de IPOSTEL en Venezuela, y por el medio más idóneo en otro país. Ejercicio de funciones.- La presidencia y representación legal de FUNDELSUR, otros miembros constituyentes, empleados, trabajadores, supernumerarios y otros dependientes de FUNDELSUR en el ejercicio de sus funciones se sujetarán a lo expresamente señalado en el acta Constitutiva Estatutaria, y las normas internas que se pauten, siempre en concordancia con lo establecido en la constitución nacional o estadal, códigos y Leyes pertinentes. Los cargos o designaciones podrán ser honoríficos, de disposición a tiempo completo, o por horas cátedra. Los reconocimientos y pagos se harán sobre horas, días, semanas, quincenas o meses realmente trabajados. No obstante, la Presidencia de FUNDELSUR podrá conceder bonificaciones especiales y gastos de representación para labores propias y/o en nombre de FUNDELSUR. Disposición de los bienes.- La administración de todos los bienes e inmuebles de FUNDELSUR, estarán a cargo de la Presidencia de FUNDELSUR, que podrá delegar en la Secretaría General y con la colaboración inmediata del Tesorero, su administración, uso, conservación y mantenimiento. Sin embargo la disposición de los bienes muebles e inmuebles y valores monetarios, y otros deberán tener la aprobación expresa de la Presidencia. Las sesiones de Presidencia se harán ordinariamente cada año, y las extraordinarias cuando ello sea necesario, en las que participaran los invitados, personal administrativo y/o miembros benefactores, con agenda y temática previas. Las propuestas serán analizadas y estudiadas por el personal de FUNDELSUR, pero su visto bueno y aprobación definitiva será a cargo de la Presidencia. Los invitados y miembros benefactores tendrán derecho a voz, más no a voto en los acuerdos o decisiones que surjan en ocasión de las sesiones de Presidencia. Organigrama.- La estructura organizativa y funcional de FUNDELSUR, está distribuida de la siguiente manera: Una presidencia, presidida por el Presidente quien será el representante legal de FUNDELSUR y ejercerá sus funciones en forma indefinida. Sus ausencias temporales o definitivas serán asumidas interinamente por la Secretaría General. Se establece expresamente que ante la ausencia definitiva de Félix Helí Contreras Martínez, Presidente-Fundador de FUNDELSUR, le sucederá en la Presidencia de FUNDELSUR, su hija, ciudadana Alix Josefina Contreras Manrique, venezolana de nacimiento, titular de la cédula de identidad número dieciocho millones novecientos sesenta y nueve mil setecientos noventa (V-18.969.790), y así sucesivamente dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil; pero, siempre que los candidatos tengan las calidades, cualidades y capacidad para presidir la digna representación de FUNDELSUR, previo concurso. Una Secretaría General, ocupada por una Secretaria General. Tesorería, ocupada por una tesorera, preferiblemente que sea una Contador Público, pero no indispensable. Una Gerencia Académica, Gerencia de Desarrollo Humano y Medio Ambiente, Gerencia de Exportaciones y Libre Comercio, Gerencia de Bienestar Comunal, Banco de Ideas y Proyectos, y otras, ocupadas respectivamente, por una persona experta, técnica o profesional o con experiencia relacionada. Todos los cargos, con la excepción propuesta son de libre nombramiento y remoción. El personal que ingrese a FUNDELSUR será vinculado mediante contrato con derecho a sueldos, salarios, bonificaciones, honorarios, seguro social, prestaciones sociales y demás prerrogativas constitucionales y legales del orden laboral, prestacional, seguridad social y ocupacional. La selección de los cargos se harán previa convocatoria para la presentación de exámenes funcionales y comportamentales (se podrá contratar a instituciones nacionales y/o internacionales de reconocida experiencia e idoneidad para la práctica de estas pruebas), análisis de hoja de vida o currículum, estudios realizados, experiencia, entrevista y otros. No obstante lo anterior, la Presidencia de FUNDELSUR podrá nombrar o remover al recurso o talento humano al servicio de FUNDELSUR, sin más motivación que la digna prestación de servicios de calidad total. FUNDELSUR contará además con: Un Comité Nacional Consultor de FUNDELSUR, conforme a la estructura organizacional y funcional de FUNDELSUR, es aquel, que está integrado por instituciones del orden venezolano que voluntariamente deseen integrarse a las actividades, programas, proyectos, obras y buenas prácticas que FUNDELSUR pretende llevar a feliz término. Un Comité Internacional Económico y Financiero de FUNDELSUR, conforme a la estructura organizacional y funcional de FUNDELSUR, es aquel equipo de trabajo que está integrado por organismos internacionales y/o supranacionales cuya función será la de contribuir en el cumplimiento de los fines y objetivos que FUNDELSUR se ha impuesto desde su creación, ya sea aportando conocimientos, infraestructura, maquinaria y equipos, tecnología, créditos, becas estudiantiles, y otros. Una Coordinación Comunal. Esta coordinación comunal estará integrada por varias coordinaciones o coordinadores comunales. Un coordinador por cada Consejo Comunal. De las Coordinaciones comunales.- Los integrantes de las Cooperativas Comunales y/o Consejos Comunales como parte integral de la estructura organizativa y funcional de FUNDELSUR, estará integrada por aquellos miembros que agrupados como equipos de trabajo específico se adhieran a FUNDELSUR en busca de soluciones a problemas en sus comunidades. Una Coordinación Estudiantil. Esta coordinación estudiantil estará integrada por varias coordinaciones o coordinadores estudiantiles, una persona por cada colegio, escuela, instituto y universidad. De las Coordinaciones Educativas Institucionales.- Esta coordinación educativa estudiantil estará integrada por varias coordinaciones o coordinadores, un director o representante legal por cada institución educativa, privada o pública del país, conforme a la estructura organizativa y funcional de FUNDELSUR, cada una de estas personas podrán hacerse partícipes en la solución de la problemática de diversa índole que se genera en cada una de las comunidades en donde esté establecida la institución educativa. También, podrán participar los Centros de Estudiantes por intermedio de sus representantes legales. Y, por una Coordinación Operativa de Subsedes o Sedes Independientes y/o Delegaciones Internacionales de FUNDELSUR. La Presidencia de FUNDELSUR podrá operar directamente las Subsedes Nacionales en todo el territorio venezolano, y/o podrá designar a Coordinadores Operativos de FUNDELSUR, donde quiera que se establezca una subsede FUNDELSUR; estos coordinadores rendirán cuentas e informes a FUNDELSUR Sede Principal. CAPITULO VI. DEL EJERCICIO ECONÓMICO. El ejercicio económico de FUNDELSUR, por regla general, comenzará el día primero (01) de enero de cada año y concluirá el treinta y uno (31) de diciembre del mismo año, a excepción del primer ejercicio, el cual comenzará a partir de la fecha del registro legal de FUNDELSUR, y culminará el treinta y uno (31) de diciembre del mismo año de creación. Al final de cada ejercicio económico se cortarán las cuentas y se elaborarán los estados financieros, los cuales se presentarán para su aprobación, improbación o reparo en la Sesión Anual Ordinaria de Presidencia, a la cual están invitados, los miembros fundadores, secretario general, tesorero, gerentes de programas activos o sus delegados o representantes, así como los miembros benefactores de FUNDELSUR. También serán invitadas las máximas autoridades gubernamentales, civiles, militares, eclesiásticas, diplomáticas, organismos internacionales y/o supranacionales, medios de comunicación e información del municipio o gobierno nacional de Venezuela o del país en donde se celebre dicha Sesión Anual Ordinaria Presidencial de FUNDELSUR. CAPITULO VII. DE LAS MODIFICACIONES, AJUSTES Y ACTUALIZACIONES DE LOS ESTATUTOS. Las modificaciones, ajustes y actualizaciones de los presentes estatutos se harán conforme lo prevé el Reglamento Interno y en su ausencia conforme a la Ley. Se aceptarán sugerencias respetuosas de los Miembros Benefactores, comunidades nacionales e internacionales o supranacionales, gobierno nacional o gobiernos amigos de Venezuela o de gobiernos en donde quiera que exista o no una Sede Independiente de FUNDELSUR y/o Delegación Internacional de FUNDELSUR. La convocatoria se hará con lo menos con quince (15) días de anticipación, y se procederá conforme a las sesiones de Presidencia. Lo no previsto en la presente Acta Constitutiva Estatutaria de FUNDELSUR, será resuelto de acuerdo con lo previsto en la Constitución Nacional, Constitución Estadal, Leyes, Acuerdos, Decretos, Resoluciones, Cartas de Intención, Convenios y Tratados suscritos y ratificados por la República, así como las demás normas jurídicas complementarias o supletorias aplicables a las Fundaciones y/o por el Derecho Internacional Privado y/o el Derecho Supranacional y/o por la Costumbre. CAPÍTULO VIII. DE LA DISOLUCIÓN O LIQUIDACIÓN. La Fundación para el Desarrollo de las Exportaciones no tradicionales y Libre Comercio del Sur - FUNDELSUR, dado su objeto de utilidad general, artístico, social y benéfico, sus objetivos y metas, sus programas sostenibles a realizar por siempre, las buenas prácticas sociales de rehabilitación e integración, según los designios de los fundadores, solo procederá de acuerdo con la Ley y con el voto favorable de todos los Miembros Constituyentes o Asamblea Constituyente de FUNDELSUR. CAPÍTULO IX. DISPOSICIONES FINALES. Las cuentas bancarias son y serán manejadas por el Tesorero; su apertura, cancelación y movimiento de egresos, sus comprobantes y cheques deben ser firmados en forma conjunta con el Presidente, previa revisión de los soportes correspondientes que realizará el Tesorero y/o Contador. Cada dependencia de FUNDELSUR deberá contar con los asistentes necesarios e indispensables para realizar tareas o roles de eficiencia, celeridad y calidad. Solicitud de Registro y otros trámites propios de FUNDELSUR. Queda expresamente facultado y autorizado el ciudadano Félix Helí Contreras Martínez, en su carácter de Presidente-Fundador y representante legal de FUNDELSUR, para lo siguiente: 1. Protocolizar esta Acta Constitutiva Estatutaria por y ante la Oficina de Registro Público competente. 2. Las demás Actas que se produzcan. 3. Solicitar la habilitación de los libros contables. 4. Participar al SENIAT sobre lo pertinente. 5. Inscribir o adscribir a FUNDELSUR en ministerios, y otros entes u organismos de control y fiscalización del Estado venezolano y, también, la inscripción o adscripción en organismos internacionales y/o supranacionales e instituciones públicas o privadas de otros países. 6. También, está facultado y autorizado para inscribir a todo el personal de FUNDELSUR en la Seguridad Social, una vez que cada fundador, empleado, trabajador o supernumerario perciba una remuneración de FUNDELSUR. Por ahora el Presidente, Secretario General y Tesorero de FUNDELSUR, respectivamente, no podrán cotizar al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales porque no devengan ningún salario, por cuanto FUNDELSUR carece de recursos económicos para ello. Una vez FUNDELSUR cuente con recursos suficientes se dará aviso al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. 7. Así mismo, está facultado y autorizado para presentar a FUNDELSUR a todo el mundo e invitar a quienes así lo deseen a apoyar y contribuir con FUNDELSUR, -la Fundación digna de Venezuela- haciendo sus aportes, donaciones, y subvenciones, toda vez que FUNDELSUR, pagará los salarios y demás prestaciones -por los servicios prestados- a su personal de los valores entendidos recibidos. Finalmente para, que tenga validez y eficacia jurídica, la presente Acta Constitutiva Estatutaria de FUNDELSUR, debe protocolizarse por y ante la Oficina de Registro Público competente. Se expide en papel común y en gota de agua la foto del creador de instituir FUNDELSUR. Es auténtica. Así lo decimos, los miembros constituyentes inicialmente nombrados e identificados, quienes al aceptar los cargos y tomar posesión de los mismos, juramos cumplir bien y fielmente con las funciones propias del cargo y/o las funciones asignadas en virtud de las necesidades de los servicios que FUNDELSUR prestará a la comunidad municipal, nacional e internacional. La presente Acta Constitutiva Estatutaria de FUNDELSUR fue aprobada por unanimidad por la Asamblea Constituyente de FUNDELSUR, en la ciudad de Ureña, Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira de la República Bolivariana de Venezuela, hoy, tres (3) de mayo del año dos mil siete (2007). Es todo. Hay firmas ilegibles y las huellas de FÉLIX HELÍ CONTRERAS MARTINEZ, Presidente y Representante Legal de FUNDELSUR; INGRID YURLEY VELASCO VELASCO, Secretario General de FUNDELSUR, y BELÉN VELASCO BOTELLO, Tesorero de FUNDELSUR.x.x.x.x.x.x. NOTA DE CERTIFICACIÓN: Los suscritos, Presidente y Representante Legal de FUNDELSUR, y el Secretario General de FUNDELSUR, con Sede Principal en la ciudad de Ureña, Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira de la República Bolivariana de Venezuela, en pleno ejercicio de sus funciones, CERTIFICAN: Que la anterior Acta Constitutiva Estatutaria de FUNDELSUR número cero uno (Nº 01) del año dos mil siete (2007) es fiel copia exacta tomada de su original, que en cuatro (4) folios útiles y tres (3) vueltos de folios útiles computarizados tamaño 21,59cmx33.02cm, conforma el denominado Libro de Actas de FUNDELSUR. Se expide en papel común, sin sellos, sin tachones, sin borrones, ni enmendaduras, en letra Verdana, tamaño 12. No hay texto entre líneas. En constancia de su autenticidad, firmamos de nuestro puño y letra, con las respectivas huellas dactilares, en la ciudad de Ureña, hoy lunes veinticuatro (24) de Septiembre del año dos mil siete (2007).

Nota: La presente Acta Constitutiva Estatutaria de FUNDELSUR, quedó inserta en el protocolo de la Oficina de Registro Público del Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira de la República Bolivariana de Venezuela, bajo la Matrícula: 07 RC No. 35, folios 228 al 234, Tomo IV de fecha 16 de Octubre, 2007. Es cierto, así lo afirmo y confirmo. Abogado, FÉLIX HELÍ CONTRERAS MARTÍNEZ, Presidente y Representante Legal de la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS EXPORTACIONES NO TRADICIONALES Y LIBRE COMERCIO DEL SUR - FUNDELSUR, con dirección para correspondencia: Carrera 3 No. 6-57, Barrio Bonilla, Ciudad de Ureña 5048, Estado Táchira-Venezuela. Teléfonos fijos: 0270-5813647, 0276-7875283, 0276-7871152; Celulares: 0426-7763699   y   57-312-3598024 . Correo e-mail: fundelsur@gmail.com

Actualización: Domingo, 19 Feb 2012.